La Justicia desestima las acusaciones de 'provocación' contra Courtois en el partido de fútbol

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La Justicia desestima las acusaciones de 'provocación' contra Courtois en el partido de fútbol

En un importante desarrollo en el caso que involucra al guardameta del Real Madrid, Thibaut Courtois, la Justicia ha decidido desestimar las acusaciones de provocación en su contra, relacionadas con un incidente ocurrido durante un partido de fútbol. Este veredicto llega después de una exhaustiva investigación y análisis de las pruebas presentadas. La resolución del caso ha generado un gran interés en el mundo del fútbol, ya que se trataba de una de las acusaciones más controversiales en la carrera del jugador. A continuación, se presentará un análisis detallado de las circunstancias que rodearon el caso y las implicaciones de esta decisión en la carrera de Courtois.

La Justicia desestima acusaciones de provocación contra Courtois en partido de fútbol

El Atlético de Madrid no solo recibió la sanción parcial de la grada del fondo sur del Metropolitano para los próximos tres encuentros, sino que también desestimaron la denuncia del club rojiblanco por el comportamiento del portero Thibaut Courtois.

La entidad rojiblanca consideraba que el belga había provocado a la grada, lo que motivó el lanzamiento de objetos. Sin embargo, la RFEF (Real Federación Española de Fútbol) desestimó la denuncia presentada en tiempo y forma por el club.

La RFEF desestima denuncia de Atlético por actitud de Courtois en partido contra el Benfica

La RFEF desestima denuncia de Atlético por actitud de Courtois en partido contra el Benfica

El Comité de Disciplina de la RFEF, integrado por tres miembros, resolvió que en todo caso, estos hechos objetivos resultan totalmente inaceptables, no pudiendo admitirse las alegaciones del Club Atlético de Madrid respecto de cualquier tipo de actos anteriores, que no resultarían en ningún caso susceptibles de justificar los mismos.

En otras palabras, la entidad disciplinaria entiende que la actitud de Courtois no puede considerarse como una provocación a la grada. De haber considerado así, podría haber supuesto una sanción para el guardameta belga.

Según el Código Disciplinario de la RFEF, en el artículo 98 relativo a las provocaciones del público, se establece que Provocar la animosidad del público obteniendo tal propósito, salvo que, por producirse, como consecuencia de ello, incidentes graves, la infracción fuere constitutiva de mayor entidad, se sancionará con suspensión de cuatro a doce partidos.

Además, el órgano disciplinario recoge que la sanción sería menor si se considera que esta provocación no fue el motivo de la reacción posterior de la afición rojiblanca del fondo del estadio rojiblanco. En este caso, se aplicaría el artículo 128 relativo a las provocaciones del público, que establece que Provocar la animosidad del público sin conseguir lo pretendido, se sancionará con suspensión de uno a tres partidos o por tiempo de hasta un mes.

Es importante destacar que el club rojiblanco puede ver reducido el castigo en sus posteriores alegaciones ante Apelación de la RFEF y el TAD, debido a que el margen sancionador deja una horquilla para ello, tanto en el número de partidos como en la multa económica.

Javier Santos

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