Autorizan el juicio a Rubiales por el beso a Jenni Hermoso

La reciente autorización para llevar a juicio a Luis Rubiales por el incidente del beso a Jenni Hermoso ha generado controversia en el ámbito deportivo. El presidente de la Real Federación Española de Fútbol se encuentra en el ojo del huracán tras el polémico gesto durante la celebración del título de la Selección Española femenina. El beso ha desatado opiniones divididas entre quienes lo consideran un acto de camaradería y quienes lo ven como una falta de respeto hacia la jugadora. Este caso ha puesto de manifiesto la importancia de respetar los límites en las interacciones públicas, especialmente en un contexto donde la igualdad de género y el respeto mutuo son temas prioritarios.

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Autorizan juicio a Rubiales y Vilda por beso a Jenni Hermoso en Mundial

La Audiencia Nacional ha dado el visto bueno a que se juzgue al expresidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) Luis Rubiales y al ex seleccionador femenino Jorge Vilda, por el beso a la jugadora Jennifer Hermoso en la final del Mundial, celebrado en Sidney (Australia) el 20 de agosto, y las coacciones posteriores.

La sección tercera de lo Penal ha adoptado esta decisión al rechazar los recursos contra el auto del juez del caso, Francisco de Jorge, en el que propuso juzgarles, interpuestos por Rubiales y Vilda y por los otros dos investigados: el exdirector deportivo de la selección Albert Luque y el que fuera responsable de Marketing Rubén Rivera.

En cuatro autos, uno por cada recurrente, la Sala explica que en la fase procesal en la que se encuentra la causa no se persigue la acreditación de hechos, sino que se trata de un impulso procesal en el que el órgano instructor tiene que valorar si existen indicios para continuar la tramitación del procedimiento.

En este caso, la Sala considera que los hechos que se describen en el auto recurrido recoge indicios que encajan en la descripción típica de un delito contra la libertad sexual y otro de coacciones ya sean del 172.1 del Código Penal o de carácter leve.

El tribunal indica que las consecuencias jurídicas “del beso y del constreñimiento no pueden ser objeto de valoración en este momento” y advierte a los recurrentes que no pueden pretender en este trámite procesal confrontar las declaraciones como si se tratase del juicio oral.

Los testigos, añade el auto, relatan unos hechos que son susceptibles de encuadrarse en los dos delitos, por lo que el desafío probatorio corresponderá a la fase del plenario y no a la instrucción, “que se limita a determinar si existen indicios y si son subsumibles en un tipo penal. Ambas exigencias se cumplen en el auto recurrido”.

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La Fiscalía solicita una pena de dos años y medio de prisión para Rubiales por los delitos de agresión sexual y coacciones, y un año y medio de prisión por coacciones para los otros tres procesados.

Además de la pena de prisión, la fiscal pide para Rubiales inhabilitación para trabajar en el ámbito deportivo durante el tiempo de condena, dos años de libertad vigilada y la prohibición de comunicarse con la jugadora y acercarse a ella a menos de 200 metros durante cuatro años.

Quiere, asimismo, que indemnice a Hermoso con 50.000 euros; la misma cantidad que reclama a los otros tres acusados, aunque en su caso, de manera conjunta y solidaria.

Daniel Álvarez

Soy Daniel, autor en El Alcoraz, un periódico independiente de actualidad sobre fútbol y deportes. Mi pasión por el deporte me impulsa a compartir las últimas novedades con rigurosa objetividad. En cada artículo, busco informar a los lectores de manera clara y precisa, ofreciendo un análisis profundo y apasionado. ¡Acompáñame en este apasionante viaje por el mundo del deporte!

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