Mateo Tanlongo, futbolista profesional, deberá pagar indemnización al Racing de Santander
En un nuevo capítulo del conflicto contractual que mantiene con el Racing de Santander, el futbolista profesional Mateo Tanlongo ha sido condenado a pagar una indemnización al club cántabro. Según informan fuentes cercanas al caso, la cantidad que deberá abonar el jugador será de un importante monto, como consecuencia de la rescisión unilateral de su contrato con el equipo. Esta sentencia supone un duro golpe para Tanlongo, quien deberá enfrentar las consecuencias económicas de su decisión. En los próximos días se espera que se hagan públicos los detalles de la indemnización y las condiciones del pago.
Condena a Mateo Tanlongo: El futbolista debe pagar un millón de euros al Racing de Santander
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha confirmado la condena al futbolista argentino Mateo Tanlongo, quien deberá indemnizar con un millón de euros al Racing de Santander por no formalizar el contrato de trabajo con el club cántabro.
El objeto de este pleito son los hechos de finales de agosto del pasado año, cuando, tras conversaciones entre el jugador y sus representantes con miembros del club deportivo, Tanlongo, su padre, su representante y un amigo viajaron hasta Santander, donde el jugador realizó un vídeo promocional en el campo del Racing vestido con la camiseta del equipo y el dorsal que había elegido previamente.
Ese mismo día, quedaron en verse un día después para firmar los contratos que previamente las partes habían intercambiado. Sin embargo, el jugador y sus representantes no se presentaron a la firma y argumentaron que éste había recibido una oferta de otro equipo. El mercado de fichajes finalizaba dos días después, de modo que el Racing de Santander tuvo que buscar a otro jugador en apenas veinticuatro horas.
El magistrado de instancia y ahora la Sala de lo Social coinciden en que el hecho de que no se firmaran los contratos no supone que no existiera una relación laboral. Explica la sentencia que el principio general es que hay libertad de forma de los contratos y que, tratándose de una relación laboral especial de deportistas profesionales, la norma no establece la necesidad de la forma escrita como requisito constitutivo de este contrato.
En segundo lugar, la Sala concluye que el jugador prestó su consentimiento al contrato, lo que se deriva de indicios como los mensajes que intercambió el jugador con el director técnico y con el entrenador del Racing, la elección por su parte del dorsal con el que iba a jugar en el equipo, o los correos entre el Racing de Santander, los representantes del jugador y el equipo que dejaba atrás.
También son indicios la grabación de un vídeo de presentación del jugador, el viaje que realizó a Santander junto a tres personas más, venidas desde Londres y Buenos Aires, y que fuera el Racing el que sufragara todos los gastos. Esos indicios, junto con las testificales que se practicaron en el juicio, llevaron al magistrado de instancia y ahora también a la Sala a ver una conexión lógica y razonable entre tales hechos y la realidad del consentimiento prestado por el jugador sobre su acuerdo.
La indemnización
La extinción unilateral del contrato deriva en una indemnización para el Racing, ya que se causó un perjuicio evidente para el club. A los gastos que pagó por el desplazamiento y estancia del jugador y sus acompañantes, suma la Sala el hecho de que el club se vio compelido a fichar a otro jugador un día antes de que acabara el mercado de fichajes, y que, además, sufrió un claro perjuicio de imagen, dado que del vídeo promocional fueron testigos terceras personas.
La cuantía de la indemnización asciende a un millón de euros, tal y como figuraba en la cláusula séptima para el caso de extinción unilateral del contrato por parte del jugador.
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